Qué normas rigen al comprar, alquilar y dividir un inmueble. Aquí las tienes por municipio, con la fuente oficial, la cita y la fecha. Partimos de una vivienda o un inmueble en el que no vives tú.
Situación a 16 de octubre de 2026. Un municipio cuenta como investigado cuando hemos leído sus ordenanzas.
Lo que rige en todo el país en España
Estas normas rigen en todos los municipios. Un municipio puede tener además normas propias.
Comprar
IVA en vivienda nueva
Nacional
Si compras una vivienda nueva a una promotora, pagas IVA en lugar del impuesto sobre una vivienda de segunda mano. En España el IVA se suma al precio de compra, y además pagas el impuesto de tu comunidad autónoma sobre la escritura (AJD).
IVA
10% del precio de compra
Fuente:boe.es, Ley 37/1992 del IVA, art. 91.Uno.1.7.º · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
7.º Los edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.
Tener en propiedad
IRNR (rentas imputadas, Modelo 210)
Nacional
Si no vives en España y no alquilas la vivienda, cada año pagas el IRNR por la renta que Hacienda imputa a esa vivienda.
Fuente:boe.es, Texto refundido de la Ley del IRNR, art. 13.1.h · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
h) Las rentas imputadas a los contribuyentes personas físicas titulares de bienes inmuebles urbanos situados en territorio español no afectos a actividades económicas.
Vender
Ganancia patrimonial de no residentes (IRNR)
Nacional
Si no vives en España, pagas el IRNR por la ganancia al vender. El comprador también retiene una parte del precio para Hacienda.
Tipo
19% de la ganancia
Paga el comprador
3% del precio de compra
Fuente:boe.es, Texto refundido de la Ley del IRNR, art. 25.1.f y 25.2 · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
3.º Ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.
Ganancia patrimonial (IRPF)
Nacional
Si vives en España, pagas el IRPF por la ganancia al vender, por tramos: cuanto mayor es la ganancia, mayor es el tipo.
Con una ganancia de hasta 6000 €
19% de la ganancia
Con una ganancia desde 6000 €, con una ganancia de hasta 50.000 €
21% de la ganancia
Con una ganancia desde 50.000 €, con una ganancia de hasta 200.000 €
23% de la ganancia
Con una ganancia desde 200.000 €, con una ganancia de hasta 300.000 €
27% de la ganancia
Con una ganancia desde 300.000 €
30% de la ganancia
Fuente:boe.es, Ley 35/2006 del IRPF, art. 66 · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
A la base liquidable del ahorro se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente escala:
Cuántos municipios tienen una norma propia
Situación a 16 de octubre de 2026. Un municipio que aún no hemos leído no cuenta aquí.
Cada perfil tiene su propia cuenta y su propio portal. Elige el tuyo y crearás directamente la cuenta adecuada.
Inmuebles propios
Despacho de gestión
Oficios
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