Licencia de vivienda turística
Región CataluñaSi alquilas una vivienda a turistas, la inscribes en el registro de tu comunidad autónoma. Un municipio puede limitar las nuevas inscripciones o suspenderlas durante un tiempo; lo que ya está inscrito suele seguir siendo válido.
- Registro
- Registro obligatorio, en todas partes
- Licencia
- Licencia obligatoria, solo en zonas designadas
Fuente: tramits.gencat.cat, Ley 13/2002 de turismo de Cataluña, art. 50 bis y 73; Decreto 75/2020; Decreto-ley 3/2023, art. 1 · vigente desde el 9 de noviembre de 2023 · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
Mediante la realización de este trámite, el titular inicia el procedimiento de habilitación correspondiente, de competencia municipal, y ya podrá iniciar la actividad.