¿Puedes alquilar tu vivienda a turistas? En España la inscribes en el registro de tu comunidad autónoma, y un municipio puede limitar las nuevas inscripciones o suspenderlas durante un tiempo.
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Licencia de vivienda turística
Si alquilas una vivienda a turistas, la inscribes en el registro de tu comunidad autónoma. Un municipio puede limitar las nuevas inscripciones o suspenderlas durante un tiempo; lo que ya está inscrito suele seguir siendo válido.
La norma nacional
Rige en todo el país, con la fuente oficial.
Licencia de vivienda turística
Región Galicia
Si alquilas una vivienda a turistas, la inscribes en el registro de tu comunidad autónoma. Un municipio puede limitar las nuevas inscripciones o suspenderlas durante un tiempo; lo que ya está inscrito suele seguir siendo válido.
Registro
Registro obligatorio, en todas partes
Fuente:boe.es, Ley 7/2011 del Turismo de Galicia, art. 65 bis.4 · vigente desde el 1 de enero de 2020 · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
Las viviendas de uso turístico requieren de la correspondiente declaración previa de inicio de actividad ante la Administración turística.
La respuesta por municipio
Situación a 17 de octubre de 2026. Elige una respuesta para ver solo esos municipios.
Prohibición: Prohibición, solo en zonas designadas
Fuente:bop.dacoruna.gal, Texto refundido de los artículos 150 a 155 del Plan especial de protección e rehabilitación da cidade histórica (PE-1), Pleno 25-02-2021, en ejecución de la sentencia TSXG 547/2020 (BOP A Coruña núm. 71, 19-04-2021) · vigente desde el 20 de abril de 2021 · actualizada el 16 de octubre de 2026
Esto es un resumen de las normas oficiales, con la fuente. Lee la fuente antes de decidir. No es asesoramiento jurídico ni fiscal.
Actualizado el 16 de octubre de 2026. Situación a 17 de octubre de 2026.
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