Licencia de vivienda turística
Región AndalucíaSi alquilas una vivienda a turistas, la inscribes en el registro de tu comunidad autónoma. Un municipio puede limitar las nuevas inscripciones o suspenderlas durante un tiempo; lo que ya está inscrito suele seguir siendo válido.
- Registro
- Registro obligatorio, en todas partes
Fuente: juntadeandalucia.es, Decreto 28/2016, art. 9 (Decreto 31/2024) · vigente desde el 3 de febrero de 2024 · actualizada el 16 de octubre de 2026
Cita de la fuente
Para el inicio de la prestación del servicio de alojamiento en la vivienda, la persona o entidad que explota este servicio tendrá que presentar la correspondiente declaración responsable de forma electrónica ante la Consejería competente en materia de turismo